f) Socios comunitarios
Se refiere a instituciones públicas y privadas, fundaciones, organizaciones sociales y comunitarias con las que se conforman alianzas de colaboración, a través de las cuales se concretan acciones de vinculación con el medio en las comunidades y territorios asociados a las sedes a lo largo del país. Asimismo, se considera como socios a las instituciones de carácter internacional que permiten el desarrollo de acciones conjuntas en beneficio de estudiantes, profesionales, equipos académicos, territorios y comunidatdes. Entre los socios comunitarios es posible distinguir:
• El Estado y sus organizaciones, desde el nivel local a organizaciones internacionales, incluyendo municipalidades, gobiernos y organismos regionales, ministerios y servicios nacionales, organismos internacionales multilaterales, entre otros.
• Las empresas: Organizaciones comerciales y emprendimientos de distinto giro y tamaño, con especial énfasis en la micro, pequeña y mediana empresa.
• Sociedad civil: Fundaciones, corporaciones, asociaciones profesionales y personas naturales, y organizaciones sociales, gremiales y comunitarias.